Normatividad

La Biblioteca presta su servicio a estudiantes, profesores e investigadores de otras dependencias y al público en general, en la medida que sus recursos se lo permiten, siempre y cuando no se afecten los derechos de los usuarios internos. Todos los usuarios tienen acceso a las colecciones de la estantería abierta. El usuario interno requiere su credencial vigente para tener derecho a materiales de préstamo externo o a domicilio. Las bibliotecas deben tener el convenio de préstamo interbibliotecario vigente con las firmas actualizadas, para otorgarles préstamos a sus usuarios.

El usuario debe hacer un buen uso de las instalaciones, mobiliario y equipo de la Biblioteca. Sujetarse a los mecanismos de control, seguridad y vigilancia que se establezcan. Observar una conducta respetuosa para con el personal de la Biblioteca y hacia otros usuarios. Responsabilizarse de los materiales que tenga en su poder, entregar en la fecha de devolución el material en préstamo o pedir la renovación en el día en que se vence el mismo, no mutilarlo, ni hacer anotaciones personales en él o deshojarlo, y en caso de requerirlo por préstamo interbibliotecario brindarle un cuidado mayor durante los traslados.

En caso de pérdida, mutilación o deterioro del material bibliográfico, el usuario responsable se obliga a reponerlo a la mayor brevedad posible, sin exceder 60 días naturales. La reposición se hace de acuerdo a las siguientes opciones:

  1. El usuario repone la obra a la Biblioteca con un ejemplar idéntico.
  2. En caso de que la obra perdida se encuentre agotada o fuera de prensa, la Biblioteca indica al usuario cualquier otro título que debe entregar, más una fotocopia del material extraviado, y,
  3. Si la obra se encuentra mutilada, el usuario debe pagar el importe de su restauración o el costo total de la obra según su estado de deterioro.

Incumplimiento en el plazo de devolución.

Al usuario que no devuelva el material de préstamo a domicilio en el plazo establecido, se le aplica una sanción de tiempo y económica en los siguientes términos:

  • 01 a 04 días Suspensión de préstamo por una semana más dos pesos por día de retraso.
  • 05 a 09 días Suspensión de préstamo por dos semanas más dos pesos por día de retraso.
  • 10 a 14 días Suspensión de préstamo por tres semanas más dos pesos por día de retraso.
  • 15 a 19 días Suspensión de préstamo por cuatro semanas más dos pesos por día de retraso.
  • 20 a 24 días Suspensión de préstamo por cinco semanas más dos pesos por día de retraso DE 25 a 30 días Suspensión de préstamo por seis semanas más dos pesos por día de retraso.
  • MÁS DE 30 días SUSPENSIÓN DEFINITIVA.

En el caso de préstamo interbibliotecario se suspende todo servicio bibliotecario al usuario que no cumpla con las normas fijadas por las bibliotecas prestatarias, hasta que el material prestado haya sido devuelto.